Redacción Médica: La presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, ha firmado este miércoles con los sindicatos CCOO, UGT, CSIT-Unión Profesional y CSI-F el acuerdo sobre las condiciones generales y los derechos de los empleados públicos, el primero que se cierra en ocho años y que “significa”, ha subrayado, “que hemos sido capaces de restablecer la confianza mutua”.
Una de las novedades del acuerdo es el reconocimiento a los empleados públicos de los días adicionales, por asuntos particulares o de vacaciones, vinculados a la antigüedad. “Un derecho del que no habían disfrutado con anterioridad los 26.984 trabajadores laborales de la Comunidad de Madrid, o los 54.191 trabajadores estatuarios del Servicio Madrileño de Salud”, ha puntualizado la presidenta.
Cifuentes ha indicado que la firma de este acuerdo garantiza a los empleados de la Comunidad de Madrid los mismos derechos que los previstos en la legislación estatal, en lo referente al abono del 50 por ciento restante de la paga extraordinaria dejada de percibir en 2012, y el disfrute de días adicionales por asuntos particulares y vacaciones por antigüedad.
El acuerdo sobre el importe de la paga extra correspondiente a diciembre de 2012 pendiente de cobro incluye un primer pago en febrero de 2016 correspondiente al 25,14 por ciento, con un coste de 93 millones de euros. El pago del 24,6 por ciento restante, si la situación económica lo permite, se efectuará en octubre de 2016; y en caso contrario, en enero de 2017.
En lo que se refiere a los días por asuntos particulares, los empleados públicos contarán, a partir del sexto trienio, con dos días adicionales, a los que, a partir del octavo trienio, se añadirá un día por trienio cumplido. Respecto a los días de vacaciones adicionales por antigüedad, el acuerdo supone que los 22 días hábiles anuales de vacaciones que tienen los funcionarios, aumentarán: a 23 días para aquellos con quince años de servicio; a 24 días para los de veinte años de servicio; a 25 días para los de veinticinco años de servicio; y a 26 días para los de treinta o más años de antigüedad.