Redacción Médica: No toda la publicidad sanitaria será legal. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha autorizado que todos los Estados Miembros puedan restringir, con determinados límites, la publicidad sanitaria de los prestadores de servicios profesionales. La finalidad es garantizar, en la medida de lo posible, la protección de la salud de la población y un uso correcto de la asistencia sanitaria pública y privada.
El Abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Ives Bot, precisa que, cuando no se vulnere la normativa europea, se podrán aplicar “determinadas restricciones en la publicidad de los servicios profesionales y prohibiciones de las actividades comerciales, con el fin de proteger la salud y seguridad de los consumidores”. De ahí que precise que “los profesionales pueden anunciarse en medios accesibles al público, siempre y cuando la información que transmitan no sea atrayente o incite a la población a su consumo”.
Desde la institución judicial se indica, además, que las normas internas y propias de las corporaciones profesionales, como son los códigos deontológicos, pueden ser objeto de mayores restricciones por parte de los Estados Miembros en pro de la salud de la ciudadanía. En este sentido, la normativa no se delimita al ámbito médico, sino que incluye a los psicólogos, fisioterapeutas, odontólogos y otros profesionales que estén en contacto directo con la salud de los pacientes.
Ante el informe del Tribunal de Justicia, el presidente del Consejo General de Dentistas, Óscar Castro, afirma que “estas conclusiones reafirman las tesis de nuestra organización colegial y abren una nueva vía para insistir ante las autoridades políticas y los diferentes grupos parlamentarios que se lleve a cabo, de una vez por todas, una adecuada regulación nacional en materia de publicidad sanitaria, donde prevalezca la ética profesional, con una información rigurosa y veraz, en defensa de la salud de los ciudadanos”.