Comunicado sobre el 6º día de Libre Disposición en el SESCAM

CSI-F: Desde la Dirección de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla La Mancha se emite el comunicado que transcribimos a continuación. Decir que este día se puede disfrutar desde el 12 de septiembre, fecha en la que entró en vigor el RD Ley 10/2015 que modifica la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.


COMUNICADO DEL 11 DE NOVIEMBRE DE 2015


Desde algunas Gerencias se ha planteado la cuestión del 6º día de libre disposición correspondiente a 2015. Con el objeto de darle un tratamiento homogéneo en todo el SESCAM se informa de lo siguiente:

  1. El 6º día de libre disposición correspondiente a 2015 se puede disfrutar desde el pasado 12 de septiembre, fecha en la que entró en vigor el Real Decreto Ley 10/2015 que modifica el artículo 48.k de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
  2. De acuerdo con la normativa vigente actualmente, el disfrute de ese 6º día de libre disposición no computa como trabajo efectivo.
  3. En las instrucciones de jornada para 2016, que actualmente se están negociando con las organizaciones sindicales, se recoge el siguiente apartado:

"El sexto día de permiso por asuntos particulares (LD) correspondiente al año 2015 reconocido por el Real Decreto Ley 10/2015, de 11 de septiembre, podrá disfrutarse hasta el día 30 de junio de 2016 y, excepcionalmente, se computará como tiempo de trabajo efectivo para el cálculo de la jornada ordinaria anual correspondiente a 2015"


 

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