Reforma de las Pensiones. El nuevo modelo de jubilación flexible con edad variable

Te presentamos el contenido sobre el reciente Acuerdo de Pensiones.

Las reformas del sistema de pensiones son necesarias para garantizar las pensiones actuales y la posibilidad de que la cobren en el futuro los que hoy son más jóvenes. El reto es afrontar el pago del doble de pensiones con las suficientes garantías para mantener la amplia cobertura actual y cuantías medias cada vez mejores. Las reformas, además, suavizan los esfuerzos y los reparten de forma más equilibrada entre generaciones.

El acuerdo de pensiones supone blindar las pensiones del sistema público de reparto frente a los que defienden su sustitución por un sistema privado o uno mixto con capitalización obligatoria. Supone compartir los riesgos entre todos sin dejar de reconocer las contribuciones de cada uno, frente a la alternativa de la individualización que favorece a quien tiene mayor renta.

El acuerdo garantiza el modelo de reformas en el marco del Pacto de Toledo, medidas negociadas con sindicatos y empresarios.

Edad de jubilación: Se crea una fórmula de jubilación flexible, vinculada al esfuerzo de cotización de cada uno y su situación profesional. A partir de ahora convivirán diferentes edades de acceso a la jubilación (desde 61 hasta 67 años).

Nuevo derecho a la jubilación anticipada: Se crean dos figuras nuevas, la jubilación por situación de crisis (a partir de 61 años) y la jubiliación anticipada voluntaria (a partir de los 63 años).

Años cotizados necesarios para tener pensión: Aunque se ha incrementado a 37 el número de años exigido para tener derecho al 100% de la pensión; sin embargo, se mantiene el requisito de 15 años para tener derecho a la pensión contributiva.

El mantenimiento del requisito de cotizar 15 años para generar dercho a pensión beneficia especialmente a quienes tengan carreras de cotización más cortas (mujeres).

Nuevas medidas para mejorar las carreras de cotización de mujeres y jóvenes, de modo que se facilite el acceso a los nuevos requisitos en los años de cotización para alcanzar la pensión completa:

  • Mujeres y hombres con hijos: Reconocimiento de hasta 2 años de cotización a las mujeres (u hombres en determinados casos) que hayan interrumpido su vida laboral por nacimiento o adoptación (9 meses por hijo). Se amplía a 3 años el periodo cotizado por excedencia para cuidado de hijos.
  • Jóvenes y Estudiantes: Los programas formativos gozarán de la misma protección que los contratos formativos, con las mismas limitaciones temporales, y los entes y empresas que financien deberán cotizar a la Seguridad Social. Se crearán convenios especiales para cotizar durante becas y  programas de formación.

La ampliación del periodo de cálculo a 25 años tendrá efectos dispares en función del salario que haya tenido cada trabajador. Cuanto menor haya sido el crecimiento de sus salarios más se incrementará la expectativa de su pensión, y viceversa.

  • Es neutra para los trabajadores que cotizan siempre en bases mínimas o bases máximas, así como todos aquellos cuyos salarios suelen revalorizarse de acuerdo a la evolución de la inflación; por ejemplo, mediante cláusulas de revisión salarial en los convenios (la pensión ni mejora ni empeora).
  • Impacto positivo para aquellos trabajadores que han perdido el empleo en la última etapa de su vida laboral (crecerá hasta en un +33%).
  • Merma moderada en los trabajadores y trabajadoras cuyos salarios crecen en la medida del sistema (+0.8% sobre la inflación), que podrían experimentar una merma moderada de su expectativa de pensión (entre un -2% y un -4%).
  • Mayor impacto en los trabajadores cuyos salarios han crecido más por encima de la inflación en los últimos años (entre un -4% y un -9%).

La nueva fórmula de coberturas de lagunas, impide la planificación de pensiones y garantiza la protección actual del trabajador medio. La nueva fórmula es:
Las correspondientes a los primeros 24 meses de lagunas, con la base mínima de cotización (igual que ahora) y las que excedan de 24 meses con el 50% de la misma (menos que ahora); adicionalmente se establecerán fórmulas para que se reconozcan los periodos cotizados de los 24 meses anteriores a los utilizados en el periodo de cálculo para el relleno de lagunas (más que ahora).

Se refuerzan los instrumentos de solidaridad del sistema, de modo que las reformas no tengan impacto negativo sobre los colectivos con mayores dificultades de acceso al empleo.

Se mantiene el número de años mínimo exigido para generar derecho a pensión en 15 años (beneficia especialmente a mujeres y trabajadores con carreras de cotización discontinuas).

Se mantienen los rasgos esenciales del sistema de complementos a mínimos y se reafirma el compromiso de financiarlos con aportaciones del Estado, lo que liberará para el sistema más de 4.000 millones de euros anuales.

Se determina como colectivo de atención prioritaria a los pensionistas que viven solos y de edad avanzada, para los que mejorará especialmente las pensiónes mínimas.

Medidas equilibradas. Todas las reformas que suponen algún tipo de endurecimiento se han compensado con medidas adicionales de mejora o los efectos se han repartido de forma equitativa.
 

  1. Más Ingresos: Compromiso de mejora de las bases de cotización de los regímenes especiales, autónomos y bases máximas; integración de los regímenes agrario y empleadas de hogar, mantenimiento de cotizaciones, y mejora de cotización en jubilación parcial.
  2. Gasto más equitativo: En lugar de recorte lineal, medidas ligadas a la contributividad: en lugar de 67 años para todos, permitir la jubilación a los 65 años a quienes han cotizado más, y posibilitar la jubilación anticipada con coeficientes reductores.
  3. Evitar comportamientos insolidarios: Medidas que impiden la planificación que podían hacer legalmente algunos colectivos (la ampliación del periodo de cálculo sirve para que nose pueda "planificar" la pensión máxima), afloramiento de la economía sumergida (integración del régimen agrario y empleadas de hogar).

 


 

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