765 plazas de empleo público en Madrid

elEconomista.es: La Comunidad de Madrid ha abierto un nuevo plazo para recibir solicitudes de aspirantes que quieran formar parte de su cuerpo de funcionarios como auxiliares administrativos. En total hay 765 plazas disponibles.


El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid notificó hace unos días la ampliación del número de plazas para las oposiciones de auxiliar administrativo para la convocatoria de 2021.

Plazos para presentarse y cómo presentarse 

Los aspirantes que quieran opositar deberán inscribirse hasta el 17 de mayo, incluido.

Para presentarse, los interesados deben rellenar el formulario de solicitud a través los canales online tras haber pagado las tasas correspondientes.

Para ello, se debe acceder a esta página web, clicar en 'Acceso sin certificado' y seleccionar la convocatoria para Auxiliares Administrativos.

 

Una vez cumplimentado, el sistema nos deja descargar guardar la solicitud en PDF, que tendremos que imprimir y firmar. Después, tocarla llevarlo a alguna de las oficinas de registro y asistencia que la CAM publica en este enlace.

Requisitos para ser Auxiliar Administrativo en la CAM

Los aspirantes también deberán cumplir con una serie de requisitos recogidas en la Orden 290/2018 sobre procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid. 

Ahí, transcribimos, se recogen como requisitos:

a) Edad: Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o, en su caso, de la edad máxima que se establezca por razón de las características especiales del cuerpo, escala o especialidad a la que se pretende acceder.

b) Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

-Tener la nacionalidad española.

-También podrán participar, con excepción de aquellos empleos públicos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales de la Comunidad de Madrid y demás excepciones contempladas en el artículo 9 del Decreto 230/2001, de 11 de octubre:

- Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

- El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes, en los términos previstos en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Los aspirantes no residentes en España incluidos en este apartado deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se aleguen.

Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el Reglamento (UE) número 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el citado Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.

Los extranjeros incluidos en este apartado deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se aleguen.

c) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del cuerpo, escala y/o especialidad al que se pretende acceder.

d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios.

En caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) No ostentar la condición de funcionario de carrera del mismo Cuerpo y Escala sobre el que versa el presente proceso selectivo.

En el caso de las pruebas limitadas al acceso a una especialidad de un cuerpo o escala, no tener previamente reconocida la misma.

f) Titulación: Poseer la titulación que se requiera en las bases específicas de cada convocatoria.

Deberá tenerse en cuenta que la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:

- O bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o profesionales.

-O bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.

Sueldos de 1.350 euros al mes

El salario bruto mensual que recibe un Auxiliar de la Comunidad de Madrid ronda los 1350 euros al mes.

Los Auxiliares, como otros funcionarios, complementan su sueldo con pagas extraordinarias, complementos específicos, grado de productividad en el puesto, guardias realizadas y horas extras.

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