Estas aclaraciones proceden de la Jefatura de Servicio de Planificación, Selección, Provisión y Promoción de Personal Estatutario de Instituciones Sanitarias dependiente del SESCAM.
Personal en situación de reingreso provisional. Este personal no ocupa plaza en propiedad, por tanto no puede hacer constar ningún código de plaza de origen. Si está reingresado en el Sescam, está obligado a participar y debe solicitar, como mínimo, todas las plazas vacantes de su Área de salud y categoría o especialidad. Si está reingresado en otro Servicio de salud no está obligado a participar, y de hacerlo puede solicitar cualquier plaza.
El personal que ha tomado posesión en Atención Especializada como consecuencia de la superación de los distintos procesos selectivos con posterioridad a septiembre de 2009 (fecha en que se cierra el listado de vacantes) hará constar como código de origen el de la plaza que ocupa, pero, si no lo hiciera, su ausencia no implicará la exclusión del procedimiento. En todo caso, si obtuviera un nuevo destino, su plaza NO será adjudicada a resultas, ya que no está contemplada en el listado publicado en el DOCM. Si la toma de posesión ha sido en Atención Primaria, su CIAS no aparece en el Anexo III, y la ausencia de código de plaza no implicará la exclusión.Al igual que en el caso anterior, si obtiene nuevo destino, su plaza No podrá ser adjudicada a resultas. Todo este personal está perfectamente identificado y listado, por lo que no tienen por qué surgir problemas.